Buenos Aires, 15 de abril de 2020
Sr. Interventor de Enargas
Federico Bernal
Nos dirigimos a usted en nuestro carácter de directivos de la Asociación del Personal Jerárquico de la Industria del Gas Natural, Derivados y Afines (Personería Gremial N° 397) y en representación de la misma a efectos de solicitar se fijen normas específicas para regular el trabajo de las empresas distribuidoras de gas natural en el marco de los decretos firmados por el Presidente de la Nación garantizando el cumplimiento esencial del servicio y la integridad de los trabajadores/as que desarrollan tareas de riesgo para mantener el funcionamiento de las instalaciones, su operación y su mantenimiento.
Como es de público conocimiento nos encontramos en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio desde el 19 de marzo de 2020 y las nuevas reglas de administración del mismo a partir del 13 de abril de 2020 que marcan una clara preeminencia de los cuidados de la salud pública que nos permite ser uno de los países con menor cantidad de contagiados y fallecidos por coronavirus en el mundo.
En ese sentido, vemos con preocupación el accionar de algunas empresas distribuidoras de gas natural que pretenden flexibilizar este contexto amparándose en la calificación de actividades excluidas del cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y diseñando formas de trabajo que ponen en peligro parte del éxito colectivo logrado en el combate a esta pandemia.
Nos referimos al reinicio de actividades como el resegimiento de redes, ejecución trabajos anteriormente programados, renovación de acometidas, cambio de medidores, inspecciones domiciliarias, lectura de medidores y facturación, seguimiento de deudas, exigencia a los trabajadores de emergencias que exceden el cuidado de la seguridad pública (cuya obligatoriedad es el cubrimiento de los denominados P1) y pretensión de que se asuma una nueva realidad por fuera de las trabajos mínimos como si el Aislamiento no tuviera límites precisos y no se presentaran riesgos de contagio si este tipo en prácticas se extendiera en el tiempo.
Este cuadro se ve agravado en el caso de los trabajadores/as ilegítimamente tercerizados que desempeñan tareas en el ámbito de concesión de las dos distribuidoras de la región metropolitana, Metrogas y Naturgy Ban, a quienes se presiona para desarrollar dichas tareas con menores estándares de protección y mayor contacto con los usuarios.
Para mayor abundamiento, informamos que un compañero de la Guardia de Emergencia del área de Lujan, perteneciente a la empresa Naturgy Ban, contrajo los síntomas que determinan un posible contagio de coronavirus y que, preventivamente, la dotación de dicha guardia se encuentra en cuarentena -en consonancia con las normas sanitarias vigentes para este tipo de casos- hasta tanto se informen los resultados de los análisis de rigor a que el trabajador fue sometido.
Por último, comunicamos que la relación con los usuarios se enrareció a partir de estas prácticas que, a nuestro entender, exceden las limitaciones impuestas por los decretos presidenciales mencionados precedentemente y que producen alarma y enojo dado que no se originan en denuncias de los titulares del servicio ni avisos de moradores lindantes sino en la prosecución de tareas regulares que son evitables en un contexto tan peligroso para la salud de los trabajadores/as y usuarios como el actual.
Reiteramos el compromiso asumido por los trabajadores/as de la industria del gas natural: brindar un servicio público de distribución de gas natural seguro y de calidad. Y, en el mismo plano, nuestro irrenunciable derecho al cuidado de la integridad física en el desarrollo de nuestras tareas. A nuestro entender y asumiendo la responsabilidad individual y colectiva para transitar con el mayor éxito posible las consecuencias potenciales de la pandemia que nos azota, las normas específicas que solicitamos deben encuadrarse en el mantenimiento de dotaciones mínimas en las áreas operativas, en forma presencial cuando corresponda o en modo «guardia pasiva» en todas las áreas posibles, al sólo efecto de cubrir emergencias graves que pudieran ocurrir en las áreas de concesión, mantener suspendidas todas las tareas programadas que no estén vinculadas a emergencias y en el caso del trabajo técnico-administrativo que se realiza bajo la modalidad «tele trabajo» no puede abocarse al seguimiento de deuda ni intimaciones de ningún tipo hacia los usuarios.
Sin otro particular y a la espera de una respuesta a la solicitud realizada, le saludan atentamente por este medio electrónico en cumplimiento de las medidas de aislamiento social imperantes
Secretario Gremial
Sergio Antonio Persello
Secretario Tesorero
Carlos Alfredo Coronel
Secretaria Adjunta
Ximena Eleonora Rattoni
Secretario General
Rubén José Ruiz
1162978886