img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
home2
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_19
img_home_18
img_home_13
img_home_13
img_home_12
img_home_11
img_home_7
previous arrow
next arrow
Shadow

Descuento tardío efectuado por TGN respecto al impuesto a las ganancias sobre horas extras.

Compartir

Una parte importante de los trabajadores/as de TGN que realizaron horas extras durante el primer semestre del año se encontraron con diferentes descuentos extemporáneos formalizados en los haberes de agosto debido a un error cometido por la empresa en el cálculo de liquidaciones durante los primeros seis meses del año.

La APJ GAS mantuvo reuniones con Recursos Humanos y Sistemas para dilucidar lo acontecido y develar la pertinencia de dichos descuentos y la validez del total descontado ante el desconcierto y el inesperado perjuicio que esta acción acarreó en la economía real de los compañeros/as.

Simultáneamente, enviamos un texto de respuesta que cada compañero/a debe mandar a la empresa para que discriminen a qué horas trabajadas corresponden los descuentos efectuados. La respuesta debe ser individual dado que cada caso contiene particularidades concretas (horas trabajadas, sueldo, cargas de familia, etc).

La explicación que TGN brindó a la APJ GAS fue la siguiente:
En el programa de liquidación existe una marca que diferencia a los trabajadores/as que realizaron horas extras solo de lunes a viernes (gravadas por el impuesto a las ganancias) de los trabajadores/as que, además, realizaron horas extras los sábados después de las 13 horas, domingos y feriados (no gravadas).

Dicho programa funcionó en forma correcta -total o parcialmente- para el segundo grupo de trabajadores/as:
– Quien sufrió el descuento total mes a mes no debería haber recibido ningún descuento adicional con los haberes de agosto 2018.

– Quien sufrió un descuento parcial en el semestre, debería haber recibido en los haberes de agosto, un descuento proporcional solo a los meses en que se cometió el error de no descontar.

En el caso del primer grupo (trabajadores/as que realizaron horas extras solo de lunes a viernes) se cometió el error de no descontar el impuesto a las ganancias pertinente sobre ninguna de esas horas trabajadas durante todo el semestre. Por lo tanto, la empresa comunicó que efectuará el descuento respectivo en diferentes cuotas, según el monto, a partir de los haberes de agosto 2018.
En este estado de cosas, la APJ GAS sostiene que la situación debe ser aclarada con celeridad y transparencia.

En primer lugar, los compañeros/as pueden revisar sus recibos de sueldo del primer semestre para verificar que no hayan sufrido descuentos mensuales o parciales desmedidos y deben enviar la respuesta elaborada por nuestro equipo jurídico para saber con exactitud sobre qué realidad discutimos.

En segundo lugar, la empresa debe contestar -a los trabajadores/as que lo requieran- a qué horas extras y respecto a qué mes corresponden los montos descontados extemporáneamente con los haberes de agosto 2018 afín de cotejar la información propia de cada compañero/a con la emitida por la empresa.

Por último, si existieran descuentos indebidos, exigimos que dichos montos sean devueltos con los haberes de septiembre 2018 para resolver definitivamente este inconveniente no buscado pero existente.

COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS


Compartir
Volver arriba