En el día de la fecha la APJ GAS recibió la comunicación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que homologa el acuerdo convencional suscripto entre APJ GAS y TGN para aclarar el alcance de nuestros rubros salariales y definir el porcentaje de exención al impuesto a las ganancias respecto a los mismos. Destacamos que, tal como expresa el acta firmada, este acuerdo es retroactivo al 1ª de enero 2023 por lo que habrá una devolución de lo descontado de más en cada rubro inserto en el acuerdo desde esa fecha hasta septiembre 2023.
En relación a este tema, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social es claro:
“Que en el RE-2023-109302841-APN-DGD#MT, obra el acuerdo de fecha 12 de septiembre de 2023, celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES, por la parte sindical, y la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004). Que a través del referido acuerdo las partes aclaran la definición de los conceptos “Antigüedad”, “Bono de participación en las utilidades”, “Quebranto de caja”, “Adicional turno”, “Adicional control de gas”, “Guardia pasiva en día no laborable”, “Guardia pasiva en día laborable” “Guardia por disponibilidad” “Guardia transporte” “Adicional zona”, “Pernocte”, “Viáticos” y “Adicional Comahue”, en relación a la liquidación del Impuesto a las Ganancias, conforme surge de los términos y lineamientos estipulados.
“Que en el IF-2023-109232562-APN-DNI#MEC obra dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos y la Dirección de Imposición Directa del MINISTERIO DE ECONOMIA, en relación a lo pactado en el acuerdo de marras”.
Es decir, las extensas negociaciones para dar cumplimiento a los dictámenes del Ministerio de Economía finalizaron con este acto de la autoridad de aplicación y ahora deberán verse reflejado en los recibos de sueldo.
La APJ GAS comunica que este logro alcanza a los trabajadores/as convencionados e ilegítimamente considerados fuera de convenio que sufren el descuento del impuesto a las ganancias y se suma a la devolución que cada trabajador/a debe recibir por lo descontado de más durante julio y agosto en concepto de anticipo de impuesto a las ganancias del aguinaldo del segundo semestre, de acuerdo a lo establecido por la Resolución AFIP Nº 5417/23.
Aspiramos a que la complementaria sea única y refleje ambas devoluciones.
Por último, la APJ GAS junto a la “Mesa Sindical El Salario No es ganancia” se convocará en el Senado de la Nación el próximo jueves 28 de septiembre para impulsar el voto afirmativo de dicha Cámara respecto a la ley que modifica el piso mínimo a partir del cual se oblará el impuesto a las ganancias desde el 1º de octubre 2023. Recordamos que, según la media sanción de Diputados, dicho piso es de 15 salarios mínimos vitales y móviles ($1.770.000) pero que un día antes se reunirá el Consejo del Salario para aumentar dicho rubro que también impactará en un nuevo piso mínimo a partir de su aprobación.
LA FIRMEZA DE LOS TRABAJADORES/AS Y LA UNIDAD RINDE FRUTOS. CHAU IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS