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Impuesto a las ganancias: devolución en agosto y avances en discusiones por exención en rubros.

La APJ GAS reitera que los trabajadores/as que cobren un salario menor a $700.875 quedan exentos del pago del impuesto a las ganancias y aquellos que cobren un salario entre dicha cifra y $808.341 tendrán un descuento menor de acuerdo a montos deducibles adicionales que estableció la AFIP y se publicaron en su página web.

En ese orden también se estableció un nuevo aumento del 35% en los tramos de las escalas progresivas que se aplican sobre los salarios y que dicho incremento sea retroactivo al 1º de enero 2023. La devolución de las retenciones de más que se realizaron desde enero a julio se deberá ver reflejada con los haberes de agosto y septiembre 2023.

La mayor progresividad de las escalas y el nuevo “piso” del impuesto a las ganancias tendrán una incidencia parcial y coexisten con la devaluación producida el 14 de agosto que impactó en los precios de la canasta familiar en forma inmediata.

En ese sentido, informamos que existen avances en la discusión con TGN, TGS, Metrogas y Camuzzi Gas Pampeana y del Sur en relación al cumplimiento de los dictámenes emanados del Ministerio de Economía para aliviar el descuento sobre varios rubros salariales pero que no terminan de plasmarse en actas entre las partes para permitir la homologación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y que las mejoras se vean reflejados en los recibos de sueldo.

Hablamos de la posibilidad de generar menores descuentos impositivos sobre Antigüedad, Zona, Turnos y adicionales similares (Despachos de gas), Guardias Pasivas de sábado, domingo y feriados, Fallo de Caja, Bonificaciones o gratificaciones, Guardias de Transporte, pernocte, viáticos y otros rubros similares de acuerdo a la realidad salarial en cada empresa.

Consideramos que las dilaciones respecto a este tema perjudican a los trabajadores/as que soportan el impacto de la inflación creciente y que, por otro lado, no remite a sumas de dinero que egresen de las arcas de las empresas sino que son ingresos que deja de percibir el estado nacional que ya emitió los dictámenes pertinentes para aplicar esa mejoría temporaria.

Es necesario y posible acordar alivios parciales contra el injusto impuesto a las ganancias.

COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS

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