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Los Ministerios de Economía, Trabajo y AFIP allanaron el camino para que los trabajadores/as del gas natural paguen menos impuesto a las ganancias y las empresas cumplan con la norma.

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En el día de la fecha se realizó una reunión plenaria entre varias empresas de la industria del gas natural, el Ministerio de Economía, la AFIP y el Ministerio de Trabajo en la que se despejaron dudas para que se cumplan los dictámenes emanados de la Subsecretaría de Ingresos Públicos y para que las partes tengan mecanismos eficientes y seguros de aplicación efectiva de los mismos a la brevedad.

Efectivamente, las empresas plantearon sus interrogantes y las autoridades fueron claras: la decisión política del gobierno es que dichos dictámenes se cumplan y propuso herramientas para que ello suceda.

Solicitó a las partes que acuerden actas comunes para reinterpretar los conceptos convencionales que así lo requieran (antigüedad, zona, turnos, guardias pasivas, plus por especialidad, asignaciones jerárquicas o similares, etc) dado que sus textos originales pueden no reflejar la integralidad de las prestaciones laborales actuales.

Dichas actas serán homologadas por el Ministerio de Trabajo que trabajará invocando los dictámenes pertinentes, los mismos serán refrendados por la Subsecretaría de Ingresos Públicos y dicha norma será comunicada a la AFIP para que sea incorporada en su página web como documento oficial.

De esta manera, las empresas tendrán la seguridad jurídica solicitada y los trabajadores/as tendremos un alivio parcial en los descuentos sufridos mes a mes y, además, podremos cobrar el retroactivo de los descontado de más desde el 1º de enero de 2023 por cada rubro que las partes acuerden.

En ese sentido, el Ministerio de Economía comunicó que está elaborando el texto de dos artículos para su incorporación en el Presupuesto Nacional que implique: a) la potestad del Poder Ejecutivo para modificar los máximos exentos (hoy establecido en $808.000) y b) la imposibilidad de que las devoluciones realizadas con motivo de los acuerdos a que arriben las partes puedan ser revertidas en contra de los trabajadores/as, en caso de que los aumentos salariales superen ese máximo exento durante el presente período anual.

Desde la APJ GAS entendemos que la reunión realizada implicó ejes precisos de trabajo para superar esta demora en aplicar los dictámenes que benefician a los trabajadores/as por lo que solicitamos a las empresas de nuestra industria una reunión junto a las organizaciones sindicales que actuamos en el ámbito del gas natural para acordar los términos de las actas que reinterpreten los rubros salariales en cuestión y avanzar en los trámites express pertinentes con el Ministerio de Trabajo, Economía y AFIP.

Por último, entendemos que los trabajadores/as ilegítimamente considerados como “fuera de convenio” cuyos salarios no tengan ítems diferenciados (antigüedad, zona, asignaciones jerárquicas, adicional función o similares, etc) son pasibles del beneficio parcial que logramos y habrá que acordar porcentajes que reflejen el impacto de esos rubros salariales en el básico dado que oportunamente fueron subsumidos dentro del mismo. No desaparecieron súbitamente. Quedaron incluidos en el salario básico que se paga como rubro único o mayor.

Reiteramos que con el mecanismo de invocación conjunta de los Ministerios de Trabajo y Economía para avalar las actas reinterpretativas que acordemos las partes en los casos que se necesite, su comunicación directa a la AFIP y la invocación en su página web oficial se cierra el camino de las dudas y comienza el camino de la ejecución efectiva.

La inflación y la brecha cambiaria siguen su camino. La devolución y alivio parcial para los salarios no pueden esperar.

COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS

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