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El personal considerado de riesgo en Rowing cobró el aguinaldo. En Exgadet se inicia el conflicto para su cobro.

Los trabajadores de la empresa Rowing S.A., contratista de Naturgy Ban, que son considerados personal de riesgo por tener más de 60 años o padecer comorbilidades o enfermedades prexistentes cobraron el medio aguinaldo durante la semana pasada. La empresa había tomado la decisión de excluir a dicho personal de su pago por una interpretación errónea de la norma que regula la forma de abonar los salarios durante la pandemia.

La APJ GAS advirtió la irregularidad y exigió por nota el pago del rubro en cuestión. Los delegados reaccionaron con rapidez ante la novedad y se motorizaron los mecanismos de comunicación entre los compañeros que trabajan en forma presencial, quienes lo realizan de forma remota y quienes están excluidos de realizar tareas.

La interpretación empresaria era arbitraria, perjudicaba económica a una parte de los trabajadores y vulneraba derechos que nunca estuvieron en discusión con las normas establecidas por el gobierno nacional. En efecto, el Decreto 792/2020 establece que los trabajadores y trabajadoras exceptuados de prestar tareas durante la vigencia del “aislamiento social preventivo y obligatorio”, recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social; y dado que el Sueldo Anual Complementario indudablemente forma parte de la remuneración habitual que debe percibir el trabajador/a, el mismo debe abonarse como compensación no remunerativa de igual forma que los demás conceptos que componen la remuneración habitual. 

Esta norma ya es ventajosa para la empresa porque permite el no pago de una parte de los aportes patronales con este mecanismo de remuneración y pone en cabeza de los trabajadores/as un esfuerzo adicional dado que existirá un perjuicio en el cálculo jubilatorio final, que como sabemos, tiene en cuenta lo percibido en los últimos 120 meses de vida laboral. En virtud de estas razones la APJ GAS exigió el inmediato pago a esos compañeros.

Luego de un análisis pormenorizado del decreto en cuestión y su aplicación, la empresa retrotrajo su actitud y abonó el medio aguinaldo a los trabajadores considerados de riesgo por su edad o enfermedades prexistentes.

En el caso de la empresa Exgadet, otra contratista que presta servicios para Naturgy Ban, la situación es más grave porque ningún trabajador/a cobró el medio aguinaldo, a pesar de que la distribuidora cumplió con los pagos mensuales en tiempo y forma. La APJ GAS envió la carta documento correspondiente en la que se intimó a la empresa a subsanar el incumplimiento, violatorio de los dispuesto en los arts. 122 y concordantes de la Ley de Contrato de Trabajo, bajo apercibimiento de adoptar las acciones pertinentes en resguardo de los derechos de trabajadores/as de Exgadet.

Desde APJ GAS sostenemos que, más allá de las medidas arbitrarias tomadas por las contratistas, los presentes conflictos son originados por el accionar de Naturgy Ban que sostiene la ilegítima decisión de mantener en calidad de contratados/as a más de 700 compañeros/as que cumplen tareas referidas al giro central de la actividad hace muchos años pero se niega a efectivizar. La pandemia a develado con total claridad esta realidad laboral discriminatoria que se descarga sobre quienes trabajan en forma precaria aunque desempeñan tareas similares a los trabajadores/as efectivos.   

La defensa de nuestros derechos exige unidad y organización. La APJ GAS es tu herramienta.

COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS

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