El 27 de octubre ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de ley 5675-D-2022 firmado por el diputado Sergio Palazzo y los diputados de origen sindical que modifica sustancialmente la ley de impuesto a las ganancias y exceptúa del pago de este injusto tributo a la mayoría de los trabajadores/as en relación de dependencia.
Para darle razonabilidad al planteo efectuado se toman como referencia el mayor de los valores entre el Salario Mínimo, Vital y Móvil ($47.850 en agosto) y la Canasta Total del Hogar Tipo 2 ($128.214,11). El proyecto estipula que sean eximidos del pago del impuesto a las ganancias aquellos trabajadores/as que no superen cinco veces el valor de la Canasta Total. Esa cifra es equivalente a $641.070 mensuales a agosto 2022.
Además, toma reivindicaciones reclamadas por los trabajadores/as cuando los gobiernos estipulan los rubros salariales sobre los que descargan el impuesto. En ese sentido, el proyecto exceptúa del cálculo para tributar a los siguientes rubros: antigüedad, zona desfavorable, adicionales por turno, horas extras, adicional función o por responsabilidad jerárquica y fallo de caja. También a los bonos por productividad, bonificaciones, gratificaciones o conceptos de similar naturaleza hasta el 40% de la ganancia no imponible para salarios que no superen 15 veces el valor del SMVM u 8 veces el valor de la Canasta Total del Hogar Tipo 2. Es decir, para aquellos salarios que no superen $1.025.712,88.
El proyecto exceptúa del pago del impuesto a las ganancias a todos los jubilados/as y pensionados/as.
En otro orden, estipula un aumento de las deducciones especiales incrementales, una reforma de la tabla del Artículo 94 que la dota de mayor progresividad y sostiene el aumento del 22% de los valores para los trabajadores/as de la Patagonia.
En los considerandos sostiene que el salario no es ganancia porque tiene carácter alimentario y detalla la historia del tributo en cuestión: el Impuesto a los Réditos (decreto 11.682) nació para las empresas y la Ley del Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628) nació para evitar la evasión fiscal de loe empresarios que simulaban sus ganancias y las camuflaban como remuneraciones. En ningún caso fue pensada para que los trabajadores/as pagaran un impuesto sobre sus salarios. Evidentemente, con el tiempo este principio se fue degradando y su ampliación derivó en la actual situación que, en muchos casos, tiene características confiscatorias.
Desde la APJ GAS sostenemos que los trabajadores/as tenemos una nueva herramienta para disputar el principio según el cual el salario no es ganancia. Será necesaria una gran unidad y una determinada participación para que este proyecto y sus eventuales mejoras sea votada como ley. El estado púbico que tomó la problemática nos da empuje y confianza.
La APJ GAS y los gremios de la Mesa Sindical El Salario No es Ganancia continuaremos sumando organizaciones gremiales para darle volumen a este reclamo y convocamos a todos los compañeros/as a difundir las razones de esta lucha y tener una participación activa en la defensa de nuestro salario tanto como restablecer el principio de igualdad ante la ley.
Somos más de un millón de trabajadores/as involucrados contra el injusto impuesto al salario. Esa energía organizada puede democratizar parcialmente la cuestión impositiva en nuestro país. No hace falta que castiguen a los trabajadores/as. Busquen donde realmente hay ganancias. Son muchos menos y se apropian de mucho más.
COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS