El día de la fecha se llevó a cabo la segunda reunión paritaria entre APJ GAS y GasNea para discutir el incremento salarial de todos sus trabajadores/as en el presente año, otras mejoras que reclamó nuestra organización sindical y la resolución jurídicamente correcta de los depósitos salariales mal realizados por un error de GasNea y los descuentos unilaterales posteriores que contrarían las leyes vigentes. En la reunión paritaria GasNea efectuó la siguiente propuesta:
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Pago de una Suma Fija No Remunerativa por única vez para todos los/as trabajadores de $12.000 a abonarse con los haberes de mayo 2021.
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Aumento del 13% sobre todos los rubros (salvo Consumo Gas que tiene su propio mecanismo de actualización) a partir de junio 2021.
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Aumento del 5% sobre todos los rubros (salvo Consumo Gas que tiene su propio mecanismo de actualización) a partir de julio 2021.
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Aumento del 5% sobre todos los rubros (salvo Consumo Gas que tiene su propio mecanismo de actualización) a partir de agosto 2021.
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Aumento del 5% sobre todos los rubros (salvo Consumo Gas que tiene su propio mecanismo de actualización) a partir de septiembre 2021.
La APJ GAS declaró insuficiente la suma ofrecida teniendo en cuenta la inflación acumulada y que no contempla la adecuación de la guardia pasiva. Aclaramos que los acuerdos que la APJ GAS está firmando en la industria alcanzan al 31% para este primer tramo y que las negociaciones se retoman en octubre 2021. No obstante, nuestra organización sindical se comprometió a transmitir la propuesta empresaria, discutirla en asambleas por sector mañana jueves a partir de las ocho horas y comunicar una contrapropuesta de APJ GAS el mismo día jueves. En este estado de cosas, las partes acordaron una nueva reunión paritaria para el viernes 21 de mayo a efectos de avanzar en un acuerdo para este primer tramo del año.
Respecto al pago erróneo que efectuó GasNea con los haberes de marzo y los descuentos compulsivos realizados con los haberes de abril, la APJ GAS alertó que lo acontecido se enmarca fuera de las leyes vigentes: los salarios no pueden sufrir descuento adicional alguno sin el consentimiento del trabajador/a.
Por lo expuesto, la APJ GAS exigió que no se realice ningún descuento supletorio con los haberes de mayo, salvo que el trabajador/a firme una conformidad. Que acordemos un texto para que dicha conformidad se enmarque dentro de la ley y que la empresa acuerde un plan con cada trabajador/a de acuerdo a la magnitud del monto en cuestión. Además, esta situación derivó en perjuicios colaterales (no cobro de asignaciones familiares, mayor descuento de impuesto a las ganancias, potencial exclusión de la devolución de dicho impuesto de acuerdo a la nueva ley, etc). Por lo tanto, al trabajador/a le asiste el derecho de percibir el sueldo sin descuentos adicionales hasta que preste su conformidad y acordar un plan que incluya la resolución de los daños colaterales acarreados por este error en el pago de los haberes.
COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS